Con pruebas falsas e ilegales, pretenden reabrir megagranja de cerdos en Homún (Yucatán)

Por Herbeth Escalante / Fotos cortesía de Indignación / Haz Ruido

El Juzgado Segundo de Distrito dio trámite al incidente de revocación de suspensión promovido por PAPO sin importarle las conclusiones hechas por la Suprema Corte. Ahora un Tribunal decidirá si continúa o no dicho proceso.

Una de las pruebas que presentó la empresa es un dictamen que la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS) realizó de forma ilegal, ya que no respetó la suspensión otorgada por otra jueza federal.

Mérida, Yucatán.- La lucha del pueblo maya de Homún para proteger el agua, sus cenotes, el medio ambiente y la salud de sus hijas e hijos se enfrenta a un nueva bajeza jurídica. La empresa Producción Alimentaria Porcícola (PAPO) pretende que su megagranja de 49 mil cerdos vuelva a abrir y operar en esa comunidad presentando ante un juez federal pruebas ilegales y falsas.

A pesar de que desde el 2018 las pobladoras y los pobladores consiguieron que el Juzgado Cuarto de Distrito de Yucatán otorgue como medida cautelar que se suspenda la operación de dicha fábrica de cochinos por el riesgo de provocar un daño ambiental irreversible, ahora esa compañía en colusión con el Gobierno del Estado intenta echar abajo esa medida precautoria.

Cabe recordar que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo este caso y en mayo del 2021 validó la suspensión definitiva de la megagranja, argumentando que se deben de proteger los derechos de la niñez de Homún, así como el medio ambiente, el agua y a los pueblos indígenas. Aunque declaró que la medida cautelar se mantenga firme, dos meses después PAPO presentó un incidente de modificación o revocación de la suspensión ante el titular del Juzgado Segundo de Distrito, Rogelio Leal Mota.

Lo preocupante del caso es que los elementos de prueba presentados en este recurso por los abogados de la empresa son ilegales. El primero es un documento emitido por la Secretaría de Desarrollo Sustentable estatal (SDS) a través de un proceso irregular, en el que asegura que la planta de tratamiento de aguas residuales ya está lista y que cumple con los estándares ambientales; y el otro es un dictamen que según expidió la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y que resultó ser apócrifo.

La abogada de la asociación Indignación, Lourdes Medina Carrillo, explicó que el documento de la SDS es ilegal, pues dicha dependencia no debió realizar diligencias ni visitas de supervisión en la granja porque todos los permisos están suspendidos. Con esto, violó la medida cautelar establecida por el Juzgado Cuarto de Distrito en 2018.

“La suspensión definitiva, que está vigente desde hace cuatro años, no sólo ordenó que se retiraran todos los cerdos de la fábrica, sino indicó que se mantenga cerrada y que los permisos otorgados por las dependencias de gobierno para su funcionamiento y construcción, como el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA), continúen suspendidas hasta que se concluyan los juicios”, abundó.

Además, la Secretaría no debió emitir ese dictamen porque es una de las autoridades demandadas por el pueblo de Homún. Con esta acción, está tomando partido en el juicio a favor de PAPO.

Y no sólo eso, la dependencia emitió ese documento en el que asegura que la granja no va a contaminar, pero sin tener una valoración de análisis de laboratorios sobre los resultados de las muestras que va a generar la planta y sin tener un estudio técnico que lo respalde. Es decir, aunque diga que cumple con las normas oficiales mexicanas en materia de regulación de la calidad del agua que se descarga en el subsuelo, no cuenta con ningún sustento científico.

Lo que sin duda resulta sumamente grave es que la otra prueba presentada por PAPO en este incidente fue un dictamen falso, que según emitió la Dirección de Obras y Conservación de la UNAM para avalar la “eficacia” de la planta de tratamientos. La empresa cometió un delito al tratar de engañar al juez federal.

“Nos sorprendió ese supuesto dictamen de la universidad, porque las consecuencias hubieran sido catastróficas para Homún. Nos pareció extraño que hiciera conclusiones que científicamente no se pueden sustentar, por lo que le enviamos un correo electrónico al rector, al abogado general y al director de Obras y Conservación de la UNAM para pedirles una aclaración por ser un caso muy sensible y de relevancia social. Su respuesta fue que ese documento no ha sido suscrita ni emanada por autoridad universitaria alguna, por lo que resultó ser falso”, reveló Medina Carrillo.

La abogada de Indignación, asociación que acompaña a las y a los habitantes mayas en esta lucha jurídica, dijo que evidenciaron este engaño ante el juez Leal Mota y le solicitaron que dé vista a la Fiscalía General de la República (FGR) de lo que a todas luces es un delito, pero no movió ni un solo dedo.

Incertidumbre innecesaria

El Juzgado Segundo de Distrito dio trámite al incidente de revocación de suspensión promovido por PAPO sin importarle las conclusiones hechas por la Suprema Corte en mayo de 2021. No tomó en cuenta que la razón por la que la granja de cerdos está cerrada es que se tiene que proteger el medio ambiente, el agua del manto freático y los derechos de las niñas, niños y adolescentes de Homún.

Medina Carrillo explicó que es importante mantener la medida cautelar para evitar el deterioro ambiental y un desastre que no tendría reparación, sobre todo si tomamos en cuenta que la fábrica de cochinos se construyó ilegalmente en la Reserva Geohidrológica “Anillo de los Cenotes” de Yucatán.

Llama la atención que para presentar el recurso de incidente, la compañía recurrió al dictamen de la SDS, el cual no es una prueba nueva, pues desde el inicio de este juicio la política del Gobierno del Estado ha sido avalar la planta de tratamientos de aguas residuales de la granja con este tipo de documentos y permisos ilegales.

“La ley de Amparo establece que sí se puede revocar la suspensión siempre y cuando haya un hecho nuevo, un hecho superveniente, que modifique las condiciones por las que se otorgó la medida cautelar. En este caso no se trata de un hecho nuevo y su alegato es viejo, además de que la prueba se obtuvo de forma ilegal porque la Secretaría no cumplió el ordenamiento judicial de mantener las cosas en su estado de suspensión”, enfatizó Medina Carrillo.

Dijo que al enterarse en julio del 2021 de esta nueva estrategia jurídica de la empresa, la defensa de Homún presentó un recurso de queja en el que le recalcó al juez Leal Mota que tenía que rechazarla por ser improcedente, ya que no se estaba argumentando nada nuevo. De hecho, la parte demandante –las niñas y los niños del pueblo maya- denunció a la SDS por violar la suspensión definitiva para emitir el controvertido dictamen.

La abogada también recalcó que la ley de Amparo establece que si una de las partes involucradas en el juicio aporta pruebas falsas, como es el caso del “dictamen” de la UNAM, el juez tiene la obligación de dar vista a la FGR porque se trata de un delito.

“El juez Leal Monta no lo hizo, argumentó que esa prueba no ha causado daño porque él no ha tomado una resolución. Se reservó su derecho de dar vista a la Fiscalía, dejando a salvo el derecho de las niñas, los niños y los adolescentes de Homún de ir a denunciar. ¡Pero era su obligación dar vista a la FGR porque al que están tratando de engañar es a él”, puntualizó.

Han pasado más de seis meses desde que el juzgado dio trámite al recurso de PAPO, pero fue hasta que salió a relucir que una de las pruebas es apócrifa que hizo caso a la queja de improcedencia que presentó el pueblo de Homún. No lo quedó de otra y declaró que no lo puede resolver y mandó el caso al Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Decimocuarto Circuito de Mérida

Dicha autoridad es la que va a decidir si el juez Leal Mota tiene que desechar el incidente promovido por la empresa o si le da luz verde para que resuelva si levanta la suspensión de la megagranja de cerdos. La audiencia se llevará a cabo en los próximos días.

Al respecto, Medina Carrillo declaró que no se le debió dar trámite a este caso, ya que no existen pruebas nuevas y las presentadas son ilegales, además de que la Suprema Corte, que es una autoridad jerárquica superior, dejó firme la medida cautelar desde el año pasado.

“Es claramente improcedente ese recurso que promueve PAPO, es innecesario y se debió desechar desde el inicio. El alegato no es nuevo, desde hace cuatro años han usado el mismo argumento de la SDS de que la planta no contamina, por lo que esa prueba no se debió aceptar. Lo único que han generado es una incertidumbre jurídica a Homún”, finalizó. (Publicado también en Pie de Página)

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