Ante Covid-19, ordenan a directivos del ISSSTE Oaxaca garantizar derecho a la vida del personal médico

Página 3 / Jaime Guerrero.

El Juzgado Primero de Distrito emitió una suspensión de plano para garantizar el derecho a la vida del personal médico del Hospital “Presidente Juárez” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, (ISSSTE), ubicado en la capital de Oaxaca.

La demanda de amparo fue radicada en el Juzgado con fecha 10 de mayo del 2020, bajo el número 361/2020.

Ante la solicitud de protección de la vida, se emitió una suspensión de plano. Esa figura legal se concede, entre otros casos, cuando los actos reclamados importen peligro de privación de la vida.

Una vez emitida la resolución se comunicó con carácter de urgente para buscar su cumplimiento inmediato.

Y es que la totalidad de médicos internistas de la Delegación Estatal del ISSSTE solicitaron el amparo de la justicia federal ante la falta de protocolos de atención, coordinación apropiada y de equipo médico.

La suspensión otorgada exige a autoridades responsables la implementación de forma inmediata de un protocolo escrito de atención médica para pacientes con síntomas o contagio de virus SARS-CoV-2 (COVID-19), que ameriten hospitalización.

Establezcan con precisión las especialidades médicas que deberán atender a pacientes, en función de los procedimientos a implementar conforme al estado de salud de las personas.

Se establezcan turnos y guardias de atención a pacientes para no provocar un desgaste inhumano y desigual, y no se sobre-exponga a profesionales de la salud a un riesgo de contagio del virus.

Asimismo, les proporcionen todos los insumos de protección médica suficientes y adecuados para prevenir el contagio del virus SARS-CoV-2 (COVID-19) descritos.

Sin embargo, como se señaló en párrafos anteriores, las autoridades responsables solamente se han concretado a presentar ante la autoridad judicial una negativa de los actos reclamados.

Las personas responsables señaladas como omisas de coordinar, dirigir e implementar las acciones son el Director o Encargado de la Dirección del Hospital Presidente Juárez del ISSSTE; el Coordinador de Urgencias y de la Unidad de Terapia Intensiva de ese nosocomio, Héctor Sánchez Valencia, la Coordinadora Médica de Anestesiología, Haydee Rojas, y el Delegado en Oaxaca del ISSSTE.

La solicitud de amparo busca proteger su vida y la de empleados y pacientes de esa institución médica, sobre todo de quienes intervienen en la atención directa de personas que presentan síntomas o contagio del virus SARS-CoV-2, causante de la enfermedad COVID-19.

Según versiones de los doctores que han promovido el amparo, las autoridades responsables solamente se han concretado a presentar una negativa de los actos reclamados ante la autoridad judicial y no han presentado ningún documento o evidencia y argumentan que están aplicándose los protocolos adecuados.

No obstante, el Juez federal emitió un plazo de 24 horas a las autoridades del ISSSTE para informar el cumplimiento a la suspensión decretada.

Apercibidas que de no hacerlo, su conducta actualizará el delito previsto por el artículo 262, fracción III, de la Ley de Amparo, y de inmediato se dará vista a la Agente del Ministerio Público de la Federación para los efectos legales a que hubiere lugar.

Por lo pronto, el personal médico reclama la omisión en dotar y proporcionar los distintos insumos de protección a médicos y empleados hospitalarios, además de ser omisos en definir, implementar, dirigir y coordinar protocolos médicos escritos para la atención de pacientes con contagio del virus.

De igual forma, exigen que para la atención de pacientes contagiados se involucre a médicos en la especialidad de medicina de urgencias, de medicina crítica y de anestesiología, porque ante la ausencia de este personal, la atención está dirigiéndose a especialistas de medicina interna.

De acuerdo con el personal médico, eso ha provocado la saturación y sobrecarga de trabajo.

También pone en peligro su vida por la sobreexposición al virus que ha demostrado su alta mortalidad especialmente en los hospitales.

A su vez, se incrementa el contagio a otros pacientes que son atendidos por ellos.

Asimismo, denuncian actos de maltrato de obra y palabra, y de discriminación, porque las personas responsables, aprovechándose de su posición de poder, con prepotencia y arbitrariedad han ordenado y autorizado verbalmente a médicos especialistas en medicina de urgencias y medicina crítica que no intervengan en procedimientos de atención a pacientes portadores o con síntomas del virus SARS-CoV-2 (COVID-19).

Dichos procedimientos consisten en revisiones médicas, asistencia en las áreas de terapia intensiva e intubaciones del paciente.

Las autoridades sanitarias del ISSSTE argumentaron que esos procedimientos debían estar a cargo de médicos de medicina interna siendo que ellos tienen pleno conocimiento de que no existe equipo apropiado en su atención, ni protocolos escritos.

Sin embargo, a juicio del personal médico, no se garantiza la protección al derecho humano a la salud y la vida tanto de pacientes como del personal médico y paramédico del hospital.

No obstante, el Juez concedió la suspensión de oficio y de plano del acto que reclaman consistente en la falta de implementar, dirigir y coordinar protocolos médicos escritos para la atención de pacientes con contagio de virus SARS-CoV-2 (COVID-19).

Así como proporcionar los insumos médicos como guantes, mascarillas médicas, respiradores, gafas de seguridad, pantallas faciales, batas, delantales, gorros, careta médica, cubreboca quirúrgico y N95, googles grandes con la capacidad de tener otros lentes dentro, equipo protector para la atención de los pacientes que presentan síntomas o contagio del virus SARS-CoV-2 (COVID-19).

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