Juez niega amparo a indígenas de Puebla, les quita su agua y la da a una hidroeléctrica de Walmart

La construcción de la presa se realiza en el Río Xochiapa, en Puebla. Foto: Martina Zoldos, Pie de Página.

José Ignacio de Alba / Sinembargo / Pie de página

Un juez negó un amparo a comunidad totonaca en la Sierra Norte de Puebla para favorecer una hidroeléctrica que generará electricidad para exclusivamente a Walmart. El fallo desestimó la ausencia de consulta a los pobladores y de la manifestación de impacto social.
Diana Pérez una de las abogadas que interpuso el amparo por parte de los pueblos totonacas asegura que “la interpretación que hizo el juez es restrictiva de los derechos de los pueblos”, además aseguró que el proyecto carece de interés público.

Puebla, Puebla, 16 de octubre (Pie de Página).- El Juez, Miguel Arroyo Herrera, falló a favor del Grupo Comexhidro y en contra de tres comunidades totonacas de la Sierra Norte de Puebla. A los pobladores de municipios San Felipe Tepatlán y Ahuacatlán les negó un amparo para detener la operación de la hidroeléctrica Puebla 1.

Los pobladores que reclaman irregularidades en la consulta y advierten sobre daños ambientales que el proyecto causará en la zona.

Las comunidades presentaron ante el Juez un peritaje oficial, elaborado por la Procuraduría General de la República (PGR), donde se establece que la hidroeléctrica provocará una disminución de agua en la región, generación de gases de efecto invernadero, aparición de fauna nociva, contaminación de acuíferos y remoción de vegetación forestal.

En su lugar, el juez del juzgado Primero de Distrito en Materia de Amparo Civil tomó en cuenta los peritajes ofrecidos por la propia empresa, donde se asegura que no habrá impactos negativos en la población.

PERMISOS SIN CONSULTA
La organizaciones no gubernamentales Fundar y Tiyay Tlali aseguraron en un comunicado que la Secretaría de Energía (Sener) entregó los permisos para el funcionamiento del Proyecto Hidroeléctrico Puebla 1 seis años antes de que se consultara a los ciudadanos.

Fundar y Tiyay Tlali aseguran que la autoridad no realizó una manifestación de impacto social previa al otorgamiento de permiso, violando el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

Diana Pérez una de las abogadas que interpuso el amparo por parte de los pueblos totonacas asegura que “la interpretación que hizo el Juez es restrictiva de los derechos de los pueblos”, además aseguró que el proyecto carece de interés público.

Las comunidades interpondrán un recurso de revisión. Además de que esperan que se haga una segunda instancia haga una mejor valoración del caso.
https://www.sinembargo.mx/16-10-2019/3662855