Inicia ejido de Atitalaquia amparos contra TransCanada (Hidalgo)

Víctor Varela / AM

TransCanada protagoniza una batalla legal contra un núcleo ejidal en Hidalgo desde hace dos años con la finalidad de concluir el gasoducto Tuxpan-Tula, ahora que negoció con el gobierno federal para retomar la construcción de su infraestructura.

De acuerdo con el Juzgado Primero de Distrito en Hidalgo, la filial de la empresa canadiense supuestamente no paga el precio real de la tierra debido a la falta de un mecanismo eficaz que mida el valor de los ejidos y no informaría a los propietarios sobre impactos ambientales y económicos derivado del gasoducto.

El ejido de San Jerónimo Tlamaco, municipio de Atitalaquia, solicitó una serie de amparos para suspender el gasoducto Tuxpan-Tula que construye la Transportadora de Gas Natural de la Huasteca, filial de TransCanada.

Los ejidatarios también piden la revocación de las licencias otorgadas por autoridades de Atitalaquia, como la dirección de Obras Públicas, Protección Civil y el síndico procurador.

LUCHA LEGAL
Se trata de una lucha que se libra en los juzgados cuyos pormenores pueden ser esbozados a través de los estrados electrónicos del Consejo de la Judicatura Federal, a partir de 2016, año en que TransCanada formaliza la construcción del gasoducto en 17 municipios del estado.

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) estimó que la empresa canadiense ha invertido 8 mil 669 millones de pesos en la construcción del Tuxpan-Tula y 10 mil millones de pesos en el Tula-Villa de Reyes y agregó que dicha infraestructura debió concluir y transportar gas natural hace dos años.

El Tuxpan-Tula pasa por Hidalgo, Puebla y Veracruz en una extensión de 263 kilómetros. Además de San Jerónimo Tlamaco, considerado el área núcleo por los terrenos aledaños al trazo del gasoducto, en Atitalaquia también abarca las localidades de Cardonal y El Gavillero.

SUSPENSIONES
El pasado diez de mayo, el Juzgado Primero de Distrito en Hidalgo concedió a San Jerónimo Tlamaco la suspensión de plano de la construcción del ducto Tuxpan-Tula y difirió para las 9:00 horas del próximo 17 de diciembre la audiencia constitucional.

La suspensión se concede de plano contra actos que puedan privar total o parcialmente de la propiedad o disfrute de derechos agrarios a los núcleos de población ejidal o comunal, de acuerdo con el artículo 126 de la Ley de Amparo.

Además, los integrantes del comisariado ejidal de San Jerónimo Tlamaco, Carlos Ríos Bautista, presidente, Bertha Olivares Flores, secretaria y Martín Martínez Cruz, tesorero, solicitaron copias de los planos proporcionados por el síndico de Atitalaquia, de acuerdo con la versión pública del amparo indirecto 199/2019.

En tanto, la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos propuso como perito en materia de riesgos a Luciy Arlett Fuentes Herrera, dentro de las diligencias.

Como dato, el Juzgado Primero de Distrito en Hidalgo había desechado el amparo 199/2019, por lo que el ejido de San Jerónimo Tlamaco interpuso otro recurso que obligó al juez a reconsiderar la demanda de suspender la construcción del gasoducto.

Incluso, este ejido tramitó un amparo indirecto contra la Comisión Reguladora de Energía (1203/2017, en el mismo juzgado), cuya audiencia constitucional será el próximo 30 de septiembre.

Y también se le concedió el pasado 26 de julio a este núcleo ejidal una queja (185/2018, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito) para la suspensión de oficio y de plano contra la construcción del gasoducto.

NIEGAN AMPARO A TRANSCANADA
En tanto, la Transportadora de Gas Natural de la Huasteca no demostró que pagó la servidumbre conforme a tabuladores y utilidad de la tierra a los propietarios del ejido de Atitalaquia, señaló el juez Segundo de Distrito en Hidalgo, Oscar Gregorio Herrera Perea, el pasado 14 de agosto.

El juzgador no detalló en la versión pública del expediente si se trata del ejido de San Jerónimo Tlamaco u otro núcleo instalado en la trayectoria del gasoducto en ese municipio.

“El suscrito se encuentra imposibilitado para establecer si la cantidad entregada al propietario como pago es correcta y suficiente para cubrir, no solo la renta por ocupación, sino también el pago de afectaciones de derechos distintos a la tierra, y los posibles daños y perjuicios que el proyecto pudiera ocasionar”, apunta el proceso civil 161/2018.

Dentro del contrato la empresa no detalla los cálculos en que se basó para establecer el monto que debía pagar a los propietarios, de acuerdo al tipo de terreno y sus características, así como la superficie y la vigencia, agrega.

CONTRADICCIONES
En cuanto al tiempo de vida del gasoducto, el juez advirtió una contradicción pues se estableció que sería de 25 años respecto de la servidumbre voluntaria, continua y aparente de paso, contados a partir de la fecha de inicio de operación.

Además, el contrato abarca 24 meses de arrendamiento en una franja de tierra hasta concluir la construcción.

“Es decir, si bien la vigencia del contrato de arrendamiento queda establecida en 24 meses, da pauta a que se prolongue indefinidamente, hasta en tanto los trabajos en la fase de construcción no hayan culminado, que evidentemente pueden sobrepasar dicho lapso”, explica.

SIN AVALÚO DE TIERRAS
Aunque la empresa afirmó que cumplió con el tabulador de valores promedio de tierra emitidos por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, el juzgador no advirtió la existencia de dicha información en la compra de las tierras para el gasoducto en Atitalaquia.

Permite suponer que incluso pudo haberse presentado, otro (tabulador) de una fecha diferente, un municipio distinto, o que contenga cantidades diversas a las mencionadas en actuaciones”.

Dichos tabuladores y en su caso el avalúo, sirven de base para el inicio de las negociaciones entre la empresa y los ejidatarios de Atitalaquia, previo a la celebración del contrato.

SERVIDUMBRE VOLUNTARIA
El juzgador consideró que se genera incertidumbre jurídica a los ejidatarios ya que la empresa no establece de manera clara y precisa el tipo de contrato que celebró: ya sea servidumbre voluntaria, continua y aparente paso, o arrendamiento.

Tampoco detalló el tipo de tierra al que está sujeto el contrato, ya sea de agostadero, agrícola temporal o de riego, agropecuaria con influencia urbana y de transición, lo cual resulta relevante para establecer el pago a los propietarios.

SIN TESTIGOS SOCIALES
El juez Oscar Gregorio Herrera Perea apuntó que la empresa no informó a los propietarios de los terrenos sobre los alcances de la construcción del gasoducto, así como su duración y las zonas que se verían afectadas.

Tampoco presentó una evaluación preliminar de los probables impactos económicos, sociales y ambientales.

Además, el juzgador no contó con evidencias para establecer si la Secretaría de Energía designó la participación de testigos sociales en el proceso de negociación entre contratista y propietarios de la tierra, los cuales son obligatorios cuando existen condiciones de riesgo en la zona del proyecto.

Ante ello, el juez determinó que la Transportadora de Gas Natural de la Huasteca incumplió la Ley de Hidrocarburos.

VERSIÓN DE TRANSCANADA
La empresa presentó a la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) la manifestación de impacto ambiental y estudio de riesgo y agregó que la mayor parte de las consecuencias son de carácter temporal y mitigables.

Ya que, argumentó, una vez concluida la etapa de construcción la gran mayoría de estos impactos se minimizan con la aplicación del programa de seguimiento de calidad ambiental.

El juez reviró que la descripción del proyecto debió de mostrar la manifestación de impacto ambiental a los ejidatarios de Atitalaquia, con la finalidad de que estuviera en condiciones de advertir las consecuencias y afectaciones derivadas de la construcción.

TAMBIÉN EN TULA
El Tribunal Unitario Agrario en Hidalgo consideró improcedente la validación del contrato de servidumbre voluntaria, continua y aparente de paso, celebrado el 7 de agosto de 2018 entre la empresa y ejidatarios de Tula.

Ante ello, la Transportadora de Gas de la Huasteca interpuso el amparo 416/2019 en el Juzgado Cuarto de Distrito, que resultó a su favor el pasado 17 julio.

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