¿El Art. 6 de la Ley Minera ayuda a los mexicanos? Exigen derogarlo porque sólo beneficia a empresas

Dulce Olvera / Sin Embargo

El Artículo 6 de la Ley Minera da carácter de preferente a la actividad minera sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno. Sin embargo, Fundar pide a la Legislatura que iniciará este 1 de septiembre que lo derogue porque, al no dejar desarrollo ni empleos dignos a las comunidades, no hay utilidad pública.

Ciudad de México, 20 de agosto (SinEmbargo).– El centro de análisis e investigación Fundar pidió al Poder Legislativo derogar el Artículo 6 de la Ley Minera que da carácter de preferente a la industria minera sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno, porque las empresas extractivas no dejan desarrollo ni empleos dignos en los poblados donde operan.

“En Fundar no encontramos la utilidad pública de estas actividades mineras. Si no dejan un desarrollo local, si el empleo es escaso y además las condiciones de pobreza son tremendas, entonces para quién es el desarrollo. Por qué si no son de utilidad pública estas actividades tienen que ser preferentes”, planteó la investigadora del centro, Beatriz Olivera durante la presentación del anuario 2018 “Las Actividades Extractivas en México”.

“Quitar este carácter nos parece que en esta Cuarta Transformación debe ser un compromiso y es algo que tenemos que hacer en esta actual Legislatura [que inicia el 1 de septiembre]”, aseguró.

Mina Peñasquito en Mazapil, Zacatecas. Foto: Cuartoscuro.

Olivera documentó en el informe de Fundar que en los centros productores de plata, como Fresnillo, Mazapali y Chalchihuites, el 58 por ciento de la población vive en pobreza; el 64 por ciento obtiene un ingreso inferior a la línea de bienestar; el 35 por ciento carece de servicios básicos en la vivienda; el 13.16 por ciento no tiene acceso a servicios de salud y un 25 por ciento presenta rezago educativo.

“Las empresas normalmente llegan a las comunidades con promesas de que se va a generar empleo, desarrollo local, que van a mejorar sus condiciones de vida. Son promesas que nosotros hemos documentado en diferentes anuarios y que en realidad son falsas. Tanto en los principales centros de oro como de plata en el país las condiciones de pobreza son alarmantes”, comentó en la rueda de prensa.

En los centros productores de oro, como Caborca, Mazapil, Ocampo, la pobreza se registra en el 50 por ciento de sus habitantes; el ingreso del 55 por ciento es menor a la línea de bienestar; y un 29 por ciento carece de servicios básicos en los hogares.

Indicadores socioeconómicos en los principales centros productores de oro y plata. Tabla: Anuario 2018 “Las actividades extractivas en México” de Fundar.

Además, a pesar de que la actividad minera implica riesgos para los trabajadores como incendios o explosiones en espacios cerrados, de 2008 a 2013 la industria extractiva de minerales incrementó 76 por ciento la contratación por outsourcing sin seguridad social que reduce costos a las empresas en detrimento de los trabajadores. Para 2014 (Inegi), la minería de oro subcontrató al 65.2 por ciento y la de plata a un 69.3 por ciento.

“La extracción de estos metales preciosos está lejos de garantizar los derechos laborales de sus empleados puesto que las empresas subcontratan a una buena cantidad del personal. Sin duda el outsourcing representa una nueva forma de explotación laboral proveniente de las empresas extractivas y les da una ventaja competitiva enorme”, comenta el informe.

Francisco Reynoso, investigador de Fundar, añadió durante la conferencia de prensa que están impulsando que se quite el carácter preferente que tiene la minería para hacer que las comunidades puedan defender su territorio.

“Hemos encontrado que al darle la preferencia por la utilidad pública –que se supone que tiene la minería–, se dejan inhabilitadas a las comunidades para defender su territorio porque antes que nada está el desarrollo de la economía a costa del bienestar de las personas”, dijo en referencia al artículo 6 de la Ley Minera.

Sobre la defensa de territorio, Fermín Ledesma, del Centro de Lengua y Cultura Zoque, resaltó que los pueblos de Chiapas no creen “en estas consultas organizadas desde el Gobierno con público a modo porque el resultado ya se sabe. En contraposición, nosotros les llamamos las autoconsultas, es decir, el pueblo se consulta de manera interna con su propia lengua y propias autoridades, y que el gobierno lo respete por la autonomía de los pueblos”.

LA INICIATIVA EN CÁMARA DE DIPUTADOS

La Diputada federal Xóchitl Zagal Ramírez, de la Coordinación Medio Ambiente y Recursos Naturales de Morena, aseguró que ya están trabajando en una iniciativa entorno al artículo 6 de la Ley Minera.

“Tenemos que juntarnos porque los intereses dan cañonazos de dinero y no siempre se es fácil estar resistiendo porque los cabilderos de las grandes empresas saben cómo embelesar el oído de algunas personas. El artículo 6 implica construir una amplia mayoría y una gran discusión”, afirmó en la rueda de prensa del anuario de Fundar.

Desde el estado minero de Zacatecas, el Presidente Andrés Manuel López Obrador anunció este mes que se mantendrán las concesiones mineras entregadas en sexenios pasados con vigencia de 50 años con oportunidad de ampliarse, pero la Secretaría de Economía ya no otorgará nuevas.

Y pidió a las empresas mineras nacionales y extranjeras, principalmente canadienses, que cuiden el medio ambiente y no destruyan el territorio, que se pague a los trabajadores mineros como se les paga en Canadá y en Estados Unidos, y que dejen beneficios en las comunidades y municipios donde se lleva a cabo la explotación minera.

De 2013 a 2018, los proyectos mineros aumentaron 77 por ciento y a finales de 2018 el 92 por ciento de las empresas extractivas eran extranjeras. Gráfico: Fundar.

El año pasado, la Diputada Clementina Dekker Gómez del Partido del Trabajo presentó una iniciativa para reformar el artículo 6 de la Ley Minera para que la utilidad pública de la actividad minera no se aplique en pueblos originarios.

Sugirió que quedara:

“La exploración, explotación y beneficio de los minerales o sustancias a que se refiere esta Ley son de utilidad pública, serán preferentes sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno, con sujeción a las condiciones que establece la misma. Este precepto no se observará en los territorios cuya propiedad ancestral pertenezca a pueblos y comunidades indígenas, en cuyo caso deberá anteponerse siempre el derecho a la consulta y el consentimiento previo, libre e informado. Únicamente por ley de carácter federal podrán establecerse contribuciones que graven estas actividades”.

No obstante, el texto de exposición de la Diputada reconoce que aunque legisladores han presentado desde la aprobación de la actual Ley Minera numerosas iniciativas para reformar las actividades de minas en México, “ha hecho falta el consenso y voluntad suficiente para concretar las reformas necesarias para garantizar la salvaguarda de los territorios y su riqueza natural frente al vertiginoso avance de la industria”.

https://www.sinembargo.mx/20-08-2019/3632027