Tribunal Electoral frena proceso de plebiscito; Magistrados resuelven que IEE incumplió al no dar audiencia a CB (Baja California)

Jorge Heras / Lindero Norte

Mexicali.- Por unanimidad, los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral de Baja California revocaron el dictamen en el que el Instituto Estatal Electoral aceptó que un grupo de activistas cumplieron con los requisitos del plebiscito contra la autorización del Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) para la Construcción de la planta cervecera de la empresa Constellation Brands en el Valle de Mexicali.

En el resolutivo del medio de impugnación RI-33/2018, presentado por el grupo Tenedora Inmobiliaria S. de R.L. de C.V (representante en Baja California del Grupo Constellation Brands), el Tribunal Electoral consideró que el organismo electoral incumplió con el derecho de audiencia que tiene la empresa internacional por el hecho de tener un un intereses jurídico en el plebiscito, como tercer interasado.

De esta forma, los magistrados electorales ordenaron al IEE reponer el proceso de este tipo de consulta ciudadana hasta la primera parte, es decir, se debe reiniciar el procedimiento hasta el momento en que los consejeros electorales en comisiones verificaron los requisitos que marca el artículo 16 de la Ley de Participación Ciudadana para aceptar la solicitud de Plebiscito.

“La autoridad electoral administrativa (IEE) incumplió con la norma, por lo que se debe hacer la restitución del dictamen y volver las cosas como estaban antes del acto reclamado por los recurrentes”, aseveró en su ponencia el magistrado Leobardo Loaiza Cervantes.

Para el tribubal electoral, la empresa Constellation Brands debe conocer todo el procedimiento y, en su caso, hacer valer las excepciones o presentar los medios de prueba que estime convenientes para materializar su pretensión de que subiste el acto que les fue autorizado: el MIA para la construcción de la planta cervecera.

El magistrado que elaboró el proyecto, Jaime Vargas Flores, indicó que el IEE tiene 5 días hábiles para otorgar la audiencia a Constellation Brands, en el que los representantes del consorcio internacional podrán revisar los registros físicos y electrónicos de los 16 mil 857 ciudadanos que mediante su firma y clave de la credencial elector dieron su respaldo al plebiscito.

Aunque estas rúbricas plasmadas en lo formatos de apoyo ciudadano que otorgó el IEE ya fueron cotejadas y validadas por el Instituto Estatal Electoral (INE), el personal de la firma cervecera internacional podrá analizar firma por firma para saber si se encuentran en el listado nominal.

En este acto, el Instituto Electoral local debe tomar las medidas necesarias a efecto de garantizar la integridad, contabilidad y confidencialidad de los datos personales de los ciudadanos que firmaron en favor de la consulta

De igual forma, el Magistrado Jaime Vargas indicó que en un plazo de 3 días, posteriores a la otorgación de la audiencia y en cumplimiento de todo el procedimiento, los consejeros electorales deben emitir un nuevo dictamen sobre la verificación de los requisitos y la aprobación o en su caso rechazo del plebiscito.

Antes de la resolución del Tribunal Electoral de este miércoles, los consejeros de la Comisión de Participación Ciudadana del IEE otorgaron desde el 19 de diciembre audiencia a Constellation Brands, la cual se pospuso por ambas partes hasta este lunes 14 de enero, pero de nueva cuenta se aplazó para el 22 de este mismo mes.

Para esa fecha, el IEE concedió a la empresa cervecera una apertura en la que se pondría a su disposición la documentación que entregaron los ciudadanos promoventes del plebiscito, incluidos los mil 993 formatos oficiales en los que se contabilizaron un total de 18 mil 595 firmas, de las cuales fueron declaradas invalidas cerca de dos apoyos ciudadanos.

El Tribunal Electoral tambien resolvió el recurso que presentaron los promoventes encabezados por el activista Filiberto Rubio, quien recurrió que el IEE otorgó un plazo muy extenso al Gobierno Estatal para entregar la documentación que a su derecho les convenga, para lo cual se fijó un plazo de 36 horas.

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