Mineras de Aguascalientes no dieron utilidades a sus trabajadores: STPS

Sara Álvarez Fernández, Aguascalientes

Las empresas mineras del estado no les dieron utilidades a sus trabajadores, por lo que los mineros acudieron a la delegación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) a levantar una queja para que se investigue el caso y reciban este derecho laboral los cientos de mineros que laboran en el estado.
Gregorio Macías Moreno, titular de la dependencia, refiró que además del caso de los mineros llegaron otras 20 quejas por incumplir con el pago de utilidades este año, entre automotrices, embotelladoras de agua, embotelladoras de bebidas alcohólicas, muebleras, metalúrgicas, lamineras, productoras de alimentos y cremerías.
“Es lamentable, porque llevábamos una racha de tres años sin ninguna denuncia por utilidades, y ahora van entre 20 y 25, pero se podrían dar más, porque el plazo para personas morales finalizó, ahora sigue que las personas físicas con actividad empresarial también cumplan con esta obligación”.
Las empresas obligadas son aquellas con ganancias mínimas de 300 mil pesos al año reportadas a la Secretaría de Hacienda; “de ahí se confirma las ganacias que tuvieron para poder pagarles a los trabajadores su gratificación (…) no se pueden lavar las manos y decir que no tuvieron utilidades, estamos en constante comunicación con el SAT, de acuerdo a sus declaraciones sabemos lo que deberán repartir entre sus colaboradores”.
Las quejas están en la etapa de inspección, pidiendo informes al SAT y haciendo visitas a las empresas para que comprueben el pago de las utilidades, y en caso de que no las otorgaran muestren los documentos que lo justifiquen.
Tendrán cinco días para acreditar el pago, de lo contrario las empresas serán acreedoras a multas de hasta 350 mil pesos a través de la Comisión Sancionadora de la STPS.
No están obligadas a este pago las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento; si además se dedican a la elaboración de un producto nuevo, quedan exceptuadas durante los dos primeros años de funcionamiento.
Tampoco las empresas que se fusionen, traspasen o cambien su nombre o razón social, no se consideran de nueva creación ni las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.

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